Los aparcamientos públicos españoles están obligados ya desde mañana a tarifar las estancias por minutos
Fuente: eldiariomontanes.es
Ningún operador puede cobrar un servicio que no se ha prestado. Esta es la premisa de la Ley de Mejora de la Protección de Consumidores que el Parlamento aprobó en noviembre del año pasado. Esto afecta a los parkings, que antes cobraban por horas y que con la nueva normativa lo hacen por minutos desde el 1 de junio, en los privados, y a partir del 1 de septiembre, en los públicos gestionados por los consistorios.
Los entes privados aplicaron la tarifa por minutos, pero «subieron los precios hasta un 40%», denunció ayer en rueda de prensa el portavoz de la UCE, Dacio Alonso. Un «abuso manifiesto» que no tiene ninguna justificación salvo la de compensar las pérdidas. Pero no es el único. «Cada día la facturación irregular genera 75.000 euros en beneficios aproximadamente», expuso Alonso, o lo que es lo mismo, más de 27 millones de euros al año. Dinero que se cobra de modo «ilegal, ilícito e injusto».
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El cobro de una cuota por entrar en el parking o el pago de una tarifa mínima son algunos de los «subterfugios» inventados por estas gestoras, junto con el 'minuto de oro'. Consiste en el redondeo del primer minuto que cuesta «del 20 al 50% más que los sesenta segundos posteriores», dijo también Alonso.
La preocupación que tiene la UCE es que los ayuntamientos sigan este camino, funcionen como una empresa y den al traste con los derechos económicos de los usuarios. Desde la organización al menos se ha contactado con todas las Comunidades Autónomas para explicarles que estas prácticas «son ilegales y deben ser anuladas».
Respuestas dispares
Las respuestas han sido muy dispares. Hay ayuntamientos, como el de Gijón -de él dependen 5.000 plazas de aparcamiento-, que han realizado la «simple operación de dividir el coste de una hora entre sus minutos», apuntó el portavoz Alonso. En el otro extremo se encuentra la ciudad de Toledo, que mantiene una cuota inicial de 50 céntimos. Desde la UCE se insistió en que si no se adecuan a la normativa vigente, «los denunciaremos y pondremos en evidencia que funcionan como una empresa privada».
¿Única negligencia?
Pero el cobro abusivo no es la única negligencia que se da. Uno de los derechos del consumidor es la libertad de contratación de cualquier servicio, para lo que se necesita conocer las características de dicho contrato. Esto tampoco se cumple en los parkings, donde se conocen las tarifas una vez dentro recinto, cuando ya es inevitable el pago.
Tampoco se cumple en la mayoría de los casos la obligación de poner en el ticket del usuario la matrícula de su vehículo ni el uso de cámaras perimétricas que registren la entrada y salida de coches. Ambas medidas son absolutamente necesarias porque, en caso de pérdida del resguardo, se somete al conductor a una penalización, también ilegal, y debe pagar un día entero. Los derechos, dice Alonso, están para respetarlos.
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